Compraventa
Descripción
Según el Art. 1849 del Código Civil, la ¨compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio.»
Duración
2 días aprox.
Trámite con costo
Requisitos
- Para trámite presencial, documento de identificación autorizado por la ley; o si la persona actúa como representante legal de entidad, documento de identificación autorizado por la ley, certificado de existencia y representación legal y acta de la junta o asamblea de socios que autoriza, si aplica. Si es persona menor de edad, registro civil, documento de identificación autorizado por la ley y debe actuar por intermedio de sus representantes legales.
- Para trámite en línea, contar con el registro y enrolamiento respectivo.
- Poder especial; o poder general con vigencia; o poder apostillado, si aplica.
- Escritura o título anterior.
- Certificado de tradición del inmueble.
- Recibo de pago del predial del año en que se efectúa la compraventa.
- Paz y salvo vigentes de impuesto predial; valorización y; administración, si está sometido a propiedad horizontal.
- Si está sometido a propiedad horizontal, copia de la parte pertinente del reglamento de propiedad horizontal.
Pasos trámite en línea
- Registrarse en la página web de la notaría.
- Dirigirse a la notaría y realizar la verificación de identidad biométrica o solicitar el servicio a domicilio. Vigencia 1 año.
- Ingresar a Notaría en Línea, iniciar sesión con el usuario y contraseña utilizado en el registro y seleccionar el trámite.
- Suministrar los documentos requeridos por la notaría.
- Aprobar por las partes contenido de la escritura pública de compraventa y firmar electrónicamente.
- Realizar pago.
- Firmar notario(a) escritura pública de compraventa.
Pasos trámite presencial
- Presentar documento de identificación autorizado por la ley; o si la persona actúa como representante legal de entidad, documento de identificación autorizado por la ley, certificado de existencia y representación legal y acta de la junta o asamblea de socios que autoriza, si aplica. Si es persona menor de edad, registro civil, documento de identificación autorizado por la ley y debe actuar por intermedio de sus representantes legales.
- Presentar documentos físicos requeridos.
- Realizar la verificación de identidad biométrica.
- Aprobar por las partes contenido de la escritura pública de compraventa y firmar.
- Realizar pago.
- Firmar notario(a) escritura pública de compraventa.
![P130-Valoraci-n-de-Herencias](https://notaria2dosquebradas.com/wp-content/uploads/2023/06/P130-Valoraci-n-de-Herencias.jpg)